Protocolo de 1903 – Génesis de la intervención norteamericana en la República Dominicana.

Por: Carlos Danilo Morales Miller.

Email: carlosdanilomorales@gmail.com

El Protocolo de enero de 1903 y sus antecedentes.-

En los inicios del siglo veinte, la deuda contraída con los empréstitos tomados por la República Dominicana, en la segunda mitad del siglo diecinueve, y el incumplimiento de tales compromisos, fue generando presiones por parte de las potencias que representaban a los acreedores extranjeros de la deuda y, en 1901, el Presidente Juan Isidro Jimenes envió al Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Francisco Henríquez y Carvajal, a los Estados Unidos y a Europa, a los fines de negociar un arreglo financiero sobre la deuda pública, logrando que todos los acreedores aceptaran un acuerdo de pago y una reducción de la deuda de la San Domingo Improvement en más o menos la mitad de lo que se estimaba.

Este acuerdo, considerado como el mejor que pudo haberse logrado, fue rechazado en el Congreso Nacional como consecuencia del revanchismo político de los partidarios del General Horacio Vásquez con el Gobierno del Presidente Jimenes, aunque éste era el Vicepresidente de la República y Delegado del propio Gobierno en el Cibao.

Las pugnas entre el Vicepresidente y el Presidente se fueron profundizando por los rumores de que el Presidente tenía preferencias por otras personas, y no por el Vicepresidente Vásquez, para las candidaturas de las siguientes elecciones que debían celebrarse a fines de 1904, además de que el Vicepresidente trataba de imponer su criterio al Presidente, sobre cuáles medidas debía tomar y cómo las debía implementar en el ejercicio del Gobierno.

Luego de que el Vicepresidente Horacio Vásquez derrocara el Gobierno Constitucional del Presidente Juan Isidro Jimenes, a fines de abril de 1902, trató de negociar con la San Domingo Improvement para que esa compañía norteamericana se retirara del país, concertando un acuerdo de pago por concepto de sus propiedades, para lo cual debía presentar una relación de todas sus cuentas para aprobación en el Congreso Nacional. Pero el desorden financiero con que había operado esta compañía, en contubernio con el dictador Ulises Heureaux (Lilís), hacía imposible concretar esa petición y la San Domingo Improvement Co., creada bajo las leyes del Estado de Nueva Jersey, apeló al Gobierno de los Estados Unidos para que, mediante gestión diplomática, interviniera a su favor.

A tal efecto, el Encargado de Negocios norteamericano William B. Powell se puso en contacto con el Gobierno Provisional del General Horacio Vásquez y logró que éste suscribiera un Protocolo o acuerdo con Estados Unidos que sentaba las condiciones para que la República Dominicana comprara las propiedades de la San Domingo Improvement Co., lo que sería determinado por un Tribunal Arbitral compuesto por tres árbitros (uno dominicano y dos norteamericanos), y el pago debía hacerse directamente al Gobierno de los Estados Unidos en lugar de hacerse a la propia compañía, lo que se conoce como el “Protocolo del 31 de enero de 1903”.

Referencias de algunos autores al respecto:

LA MONEDA LA BANCA Y LAS FINANZAS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.

Autor: Julio C. Estrella. (Pág. 144).

Dos cosas muy graves fueron reconocidas en el protocolo de 1903. Por un lado, la San Domingo Improvement Co. no hizo una rendición de cuentas de sus negocios con el Presidente Heureaux. Este era un punto muy importante a dilucidar. Sabido és que la San Domingo Improvement había sido cómplice de las aventuras financieras y monetarias que emprendió Heureaux en el ocaso de su régimen, por lo cual existían fun­dadas sospechas acerca de la legitimidad de los reclamos de esta empresa.

Por el otro lado, se estableció que los valores reclamados por la San Domingo Improvement Co. serían pagados directamente al Gobierno norteamericano, con lo cual se consagró un precedente en extremo inconveniente, puesto que involucró en la disputa al Gobierno de los Estados Unidos.

Se convino asimismo en la creación de una Comisión Arbitral de tres miembros que se encargaría de fijar las condiciones de los pagos. La Comisión la integraría un representante de cada gobierno y un tercero elegido por esos representantes, para deliberar en Washington. (termina la cita)

LA REPÚBLICA DOMINCANA; Ramón Marrero Aristy.-(Pág. 288)

Además del problema que para el gobierno de Vásquez representaba en sentido general la guerra civil a fines del año 1902, el haberle dado este régimen completamente la espalda a los compromisos internacionales de la República, tuvo sus consecuencias cuando los reclamos de la San Domingo Improvement Company adquirieron un tono exigente, a causa del convencimiento adquirido por la compañía y por el Gobierno de los Estados Unidos de que al paso que iban las cosas en manos del gobierno provisional, los intereses de los tenedores de bonos dominicanos no contaban con las garantías suficientes, después de presenciados los fracasos de los intentos realizados por el gobierno de Jimenes por dar solución al asunto; fracasos debidos única y exclusivamente a la tenaz oposición del General Vásquez y sus prosélitos.

Al principio Vásquez quiso dictar la ley a la Improvement, pero sus propósitos rodaron por el suelo cuando el Departamento de Estado intervino directamente y exigió por medio de su Ministro en Port au Prince, W. F. Powell, en su calidad de Encargado de Negocios en Santo Domingo, la conclusión de un entendido entre el Gobierno dominicano y el propio Gobierno norteamericano, el que en lo sucesivo representaría a la Improvement frente a la República Dominicana.

Llegadas a este extremo las cosas, lejos de tener un gesto acorde con su intransigente actitud de los meses pasados dejando el gobierno en manos de prosélitos, el General  Horacio Vásquez se sometió a las exigencias, y después de haber hecho fracasar el contrato negociado por el Dr. Francisco Henríquez y Carvajal  en Washington a principios del año 1901, por cuyo medio todos los bonos y acreencias en manos de la Improvement serían adquiridos por el Gobierno por US$2,500,000 para que esta compañía y sus satélites abandonaran el país, aceptó un protocolo, que con el Ministro Powell por los Estados Unidos, firmó el Ministro de Relaciones Exteriores dominicano, General Juan Francisco Sánchez, por cuyo medio fué admitido que la República pagaría al Gobierno de Washington la suma de US4,500,000, que representaban la indemnización en favor de la Compañía.

El nuevo instrumento era algo muy diferente a cuanto se había hecho en el pasado pues en vez de negociar con una compañía particular, el Gobierno dominicano había admitido tratar con el gobierno de una potencia extranjera no obstante las cláusulas repetidas en los contratos de todos los empréstitos, por las cuales se considerarían nulos todos los derechos de los prestamistas (en este caso la Improvement y sus filiales), en el caso de que éstos transfiriesen esos derechos y sus obligaciones a un gobierno extranjero. (termina la cita)

Definición de Protocolo: “En diplomacia, un Protocolo es un acuerdo con las fórmulas iniciales de un texto, con validez jurídica, que sientan las bases para dirimir un conflicto”.

Texto íntegro del Protocolo.-

(La Moneda, la Banca y La Finanzas, Julio C. Estrella; Pág. 255).-

                                  PROTOCOLO DE 1903.-

                              (Convenio entre los Estados Unidos de América y la República Dominicana, para el pago de las acreencias reclamadas por la San Domingo Improvement).

CONSIDERANDO que existen diferencias entre el Gobierno Dominicano y la San Domingo Improvement Company of New York y sus Compañías aliadas;

CONSIDERANDO que como resultado de esas diferencias los intereses de la Improvement Company y sus compañías aliadas, a saber: The San Domingo Finance Company of New York y la Compañía del Ferrocarril Central Dominicano, siendo ambas corporaciones creadas bajo las leyes de Nueva Jersey, y el Banco Nacional de Santo Domingo, una compañía organizada originalmente bajo carta-patente francesa; las últimas dos compañías siendo poseídas y controladas por la San Domingo Finance Company, se hallan seriamente afectadas; y

CONSIDERANDO que se ha convenido, como base del presente arreglo, que la Improvement Company y las Compañías aliadas se retiren de la República Dominicana y que ellas serán debidamente indemnizadas por ésta en compensación del abandono de sus derechos, propiedades e intereses, los Estados Unidos de América y la República Dominicana por medio de sus respectivos representantes, W. F. Powell, Encargado de Negocios de los Estados Unidos y Juan Francisco Sánchez, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, han convenido en los artículos siguientes:

ARTÍCULO I

Por el presente queda convenido que el Gobierno Dominicano le pagará al Gobierno de los Estados Unidos la suma de cuatro millones quinientos mil dólares ($4,500,000.00) oro americano, en los términos que fijarán los árbitros, dicho pago que se hará y será aceptado como plena indemnización por el abandono por las compañías arriba mencionadas, de todos sus derechos, propiedades e interés, y como saldo de toda cuenta, reclamación y diferencia entre el Gobierno Dominicano y las expresadas compañías; los términos bajo los cuales se ha de efectuar el pago de la indemnización convenida serán sometidos a un jurado de tres árbitros, uno de los cuales será nombrado por el Presidente de los Estados Unidos, uno por el Presidente de la República Dominicana, y el tercero por los Presidentes de los Estados Unidos y de la República Dominicana conjuntamente; pero, en caso que el tercer árbitro no hubiere sido designado dentro del plazo de sesenta días desde la fecha de la firma del presente Protocolo, entonces el Gobierno Dominicano lo elegirá de entre los miembros de la Suprema Corte de los Estados Unidos o de las Cortes de Apelaciones de Circuito.

ARTÍCULO II

Los árbitros se reunirán en la Ciudad de Washington dentro de los sesenta días de la fecha en que sea designado el tercer árbitro.

El voto de la mayoría bastará para producir la decisión sobre todas las cuestiones sometidas al tribunal de arbitraje, inclusive el laudo final.

ARTÍCULO III

Dentro del plazo de seis meses desde la firma de este Protocolo, las Partes presentaran, cada una a la otra o a su agente, y también a cada uno de los árbitros, dos ejemplares impresos de sus alegatos, acompañados de los documentos y evidencia en que se basan, junto con las declaraciones de sus respectivos testigos.

Y dentro de un nuevo plazo de dos meses, cualquiera de las dos Partes podrá de la misma manera presentar su réplica con documentos y declaraciones adicionales en apoyo de sus argumentos.

Si cualquiera de las dos Partes hiciere referencia en su alegato o en su réplica a algún documento que esté en su poder exclusivo sin adjuntar una copia de tal documento, esa Parte estará obligada, a petición de la Parte contraria, a presentarle una copia; y cada una de las Partes puede, por conducto de los árbitros, exigir que la Parte contraria produzca los originales o Copias certificadas de cualquier papel aducido como testimonio.

ARTICULO IV

Dentro de los dos meses posteriores a la expiración del plazo señalado para la presentación de las réplicas, cada Gobierno podrá, por medio de sus agentes, como también por abogado adicional, presentar sus argumentos ante los árbitros, oralmente y por escrito –

Cada Parte le proporcionará a la Parte contraria copia de todo alegato escrito, y cada Parte tendrá opción de replicar por escrito, con tal que entregue tal réplica dentro de los dos meses estipulados.

ARTICULO V

Las Compañías arriba mencionadas cederán y traspasarán al Gobierno Dominicano, y éste adquirirá de las Compañías, las propiedades mencionadas en las fechas y bajo las condiciones de entrega que fijen los árbitros;

  1. Todos los derechos e interés que posean en el sector del Ferrocarril Central Dominicano ya construido, lo mismo que los derechos e interés que tengan o tuvieren en la extensión del Ferrocarril desde Santiago a Moca, y de Moca a San Francisco de Macorís.
  2. Todos los derechos e interés que tengan en el Banco Nacional de Santo Domingo
  1. Todos los bonos de la República de los cuales sean los tenedores, cuyo monto no exceda el valor nominal de £ 850.000 (Ochocientos cincuenta mil libras esterlinas) ni será menor de £ 825.000 (Ochocientos veinticinco mil libras esterlinas nominales).

Queda entendido que todos estos bonos son de la clase que devenga un interés anual de cuatro por ciento, excepto la cantidad de veinticuatro mil libras esterlinas nominales (£ 24.000) en bono de la emisión del dos y tres cuartos de interés, que serán aceptados a razón de dieciséis bonos del 214 % por once bonos del 4%. Una lista de los bonos acompañará al alegato de los Estados Unidos.

ARTÍCULO VI

Queda convenido, como base del laudo que darán los árbitros, que la suma expresada en el Artículo 1 de este Protocolo será pagada en entregas parciales mensualmente, de las cuales el monto y forma de cobro serán fijados por el tribunal de arbitraje. El laudo devengará interés desde la fecha en que sea rendido en la ciudad de Washington.

Habiendo el Gobierno Dominicano propuesto a las Compañías, en las recientes negociaciones, pagarles e cuenta de su deuda a favor de ellas la suma de doscientos veinticinco mil dólares (225,000) por año, suma que debía ser aumentada gradualmente, queda convenido que mientras esté pendiente el arbitraje, y empezando con el 1 de Enero de 1903, el Gobierno Dominicano pagará al Gobierno de los Estados Unidos para uso de las Compañías la suma anual de $225,000 en sumas parciales iguales mensualmente. La cantidad total así pagada será tenida en cuenta por los árbitros al rendir su laudo.

ARTÍCULO  VII

El laudo del Tribunal de Arbitraje será rendido dentro de un año a contarse desde la lecha de la firma del presente Protocolo. Será rendido por escrito y sus efectos serán concluyentes y finales.

ARTÍCULO VIII

Los servicios de los árbitros serán remunerados y todos los gastos causados por el arbitraje, inclusive el salario de los auxiliares que fueren necesarios, serán pagados por los dos Gobiernos en partes iguales.

Hecho en cuadruplicado, en inglés y español, en la Ciudad de Santo Domingo, hoy 31 de Enero de 1903.

(Firmado): Juan Feo. Sánchez, Ministro de Relaciones Exteriores; W. F. Powell, Charge dʼAffaires.

 

 

Bombardeo a Pajarito (Villa Duarte) – Errores Históricos .- Santo Domingo Affair.-

Por: Carlos Danilo Morales Miller

Email: carlosdanilomorales@gmail.com

Breve reseña sobre el origen de los acontecimientos.-

El 31 de enero de 1903 fue firmado un acuerdo entre el Gobierno Provisional de Horacio Vásquez y el Gobierno del Presidente Theodore Roosevelt, conocido como el “Protocolo de enero de 1903”, para el pago de la deuda que la República Dominicana tenía pendiente con la empresa financiera norteamericana San Domingo Improvement Company. A la postre, dicho acuerdo resultaría sumamente lesivo para la soberanía Nacional, porque el Gobierno dominicano reconocía al Gobierno de los Estados Unidos como representante de los intereses de esa compañía, de modo que, así, esa nación  adquiría base legal para intervenir en los asuntos internos dominicanos, ya que en su Artículo I quedó establecido que: “el Gobierno Dominicano le pagará al Gobierno de los Estados Unidos la suma de cuatro millones quinientos mil dólares ($4,500,000.00) oro americano” y que: “los términos bajo los cuales se ha de efectuar el pago de la indemnización convenida serán sometidos a un jurado de tres árbitros”, compuesto por dos árbitros norteamericanos y uno dominicano que fijarían las condiciones de pago (cuotas, interés y garantía).

Desde que se firmó el citado Protocolo llegaron a los puertos aduaneros, de la República Dominicana, buques de guerra de los Estados Unidos con la finalidad de asegurarse que sus términos fueran respetados. Al poco tiempo de suscribir ese acuerdo, el Presidente Vásquez fue derrocado el 23 de marzo de 1903 por el General Alejandro Woss y Gil, quien de inmediato fue abordado por William F. Powell, Encargado de Negocios de los Estados Unidos, para que  reconociera el Protocolo firmado en enero. El Presidente Woss y Gil argumentó que el referido acuerdo no tenía ningún valor pues había sido firmado por un Gobierno de facto y que, además, no había sido conocido por el Congreso.

Entonces, el Encargado de Negocios norteamericano conminó al Presidente Woss y Gil a reconocer el Protocolo con la amenaza de romper relaciones y proceder por vía de hechos, lo que significaba una intervención militar. En tales circunstancias el Presidente Woss y Gil no tuvo más alternativa que reconocerlo de inmediato y decidió nombrar a su Canciller, a la vez que eligió a uno de los jueces de la Corte de Apelación de los Estados Unidos, como árbitros para conformar el Tribunal Arbitral según lo establecido por el citado Protocolo, lo que hizo el 12 de noviembre de 1903.

El 24 de octubre de 1903 surgió en Puerto Plata un movimiento que se conoció como “La Unión”, porque estaba compuesto por horacistas y jimenistas inconformes con el Gobierno de Woss y Gil. Estaba coordinado por Carlos F. Morales Languasco, a la sazón Gobernador de esa provincia, en una época en que los principales líderes políticos de las facciones que apoyaban el movimiento, se encontraban exiliados en Cuba y en los Estados Unidos.

Morales había anunciado, desde el inicio, que ese movimiento tenía el propósito de llevar a la Presidencia de la República a Juan Isidro Jimenes, quien había sido derrocado por su Vicepresidente Horacio Vásquez a fines de abril de 1902. Mientras los revolucionarios tenían sitiada la Capital, llegó desde Cuba el General horacista Ramón Cáceres, quien se opuso tajantemente a que al ex Presidente Jimenes se le entregara la Presidencia de la República de manera simple. Él había participado en el derrocamiento de Jimenes un año y medio antes.

Ante la oposición surgida, para realizar su propósito inicial, el Presidente Provisional Morales Languasco, a sólo dos semanas de que tomaran el poder (el 25 de noviembre de 1903), dictó un Decreto el 8 de diciembre fijando las elecciones presidenciales para los días 16 y 17 de enero de 1904. El 12 de diciembre los jimenistas presentaron sus candidaturas postulando al ex Presidente Jimenes para la Presidencia y al General Miguel A. Pichardo para la Vicepresidencia, sin tomar en cuenta a Morales, quien era el Presidente en funciones y había sido el artífice del movimiento que los llevó al poder.

Dos días después de que presentaran la candidatura jimenista, la facción horacista dirigida por el General Cáceres, ofreció la candidatura presidencial a Morales y, al aceptar y anunciarla, los jimenistas no esperaron las elecciones y se levantaron en armas contra el Gobierno, lo que se conoció como “La Desunión”, dando origen a una guerra que duró seis meses.

Los acontecimientos en Pajarito:

El 1 de febrero de 1904, mientras los revolucionarios contrarios al Gobierno asediaban la Capital, dispararon hiriendo de muerte, mientras caminaba por el muelle, a un marino de apellido Johnson, quien era el maquinista del buque de guerra USS Yankee, que se encontraba surto en el puerto de Santo Domingo. El Presidente Roosevelt ordenó que se diera un escarmiento a los responsables del incidente y el día 8 de febrero arribó al puerto de Santo Domingo el crucero protegido USS Columbia bajo el mando del Capitán James M. Miller y el 10 de febrero llegó el crucero protegido USS Newark, comandado por Capitán Richard Wainwright, quien entonces era el  jefe interino de la Escuadra del Caribe.

El 11 de febrero de 1904 el USS Columbia entró por la ría del Ozama escoltando el buque mercante New York, de la compañía “Clyde”, hacia los muelles. Hubo disparos de los rebeldes que hicieron impacto en el buque mercante sin que hubiera víctimas. Acto seguido, el Capitán del USS Newark ordenó al USS Columbia despachar lanchas con marinos hacia el sitio de donde salieron los disparos y desembarcar en respuesta a los ataques, mientras abría fuego con sus cañones a las 03:25 p.m., luego también lo haría el Columbia (las lanchas de desembarco también recibieron disparos mientras navegaban hacia la costa). Al llegar a tierra los marinos ametrallaron el lugar y, luego de permanecer allí por aproximadamente cinco horas, regresaron a sus buques a las 9:00 p.m. sin realizar otras operaciones militares en tierra. Los Estados Unidos registran este incidente como un conflicto armado denominado «Santo Domino Affair», en el que combatieron fuerzas norteamericanas, comandadas por los capitanes Richard Wainwright y James M. Miller, contra fuerzas dominicanas al mando de Carlos F. Morales Languasco y Juan Isidro Jimenes.

Argumentos inexactos sobre esos episodios.-

Artículos que pueden encontrarse en la web, sobre esos episodios, plantean argumentos que recrean la historia sobre la base de conjeturas, que tienden a confundir a lectores incautos que, a su vez, repiten los mismos errores. Algunos plantean que los jimenistas «mantenían sitiada la Capital porque exigían al gobernante su cuota en el gobierno” y que “el Presidente Morales solicitó a las fuerzas navales de Estados Unidos intervenir para descargar provisiones a fin de suplir la población”. En el asedio a la Capital, en febrero de 1904, los jimenistas no exigían al Presidente una cuota de poder, reclamaban la totalidad del poder, querían derrocarlo, pues hacía cerca de dos meses que estaban en guerra porque no aceptaban las candidaturas anunciadas por los horacistas, que postulaban a Morales L. y a Cáceres para las elecciones que habían sido fijadas para los días 16 y 17 de enero de 1904.

En el Archivo General de la Nación reposa un documento con la referencia: “AGN. Ministerio de Relaciones Exteriores. Libro No. 54 de 1905. pág. 278” en el que consta que, en fecha 21 de enero de 1904, el ministro de Relaciones Exteriores dominicano remitió una comunicación al Encargado de Negocios de los Estados Unidos, respondiéndole una nota e informándole que el Gobierno no aprobaba que militares norteamericanos custodiaran los buques mercantes, en los siguientes términos:

“En respuesta a su atenta nota de hoy, numerada 425, tengo el honor de participarle que el Gobierno Provisional ha resuelto, en previsión de que se repitan casos como el del Anna, hacer custodiar los vapores de río por una guardia que irá a bordo de los mismos durante su trayecto por el río».

“Por lo que respecta a la guardia que VS me anuncia irá compuesta por marinos del buque de guerra Newport creo oportuno hacerle presente que el Gobierno declina toda responsabilidad de cualquiera ocurrencia que pueda sobrevenir a uno de los marinos americanos durante el tránsito».

Luego, no se justifica el planteamiento, aparentemente surgido de rumores infundados, de que 10 o 15 días después de advertirle al Encargado de Negocios de los Estados Unidos sobre los inconvenientes de que marinos norteamericanos custodiaran los buques por la ría, “el Presidente Morales solicitara a las fuerzas navales de Estados Unidos intervenir para descargar provisiones a fin de suplir la población”.

Otros que han escrito sobre este tema plantean que el ataque a Pajarito (hoy Villa Duarte) por buques de guerra de los Estados Unidos, tenía el propósito de favorecer al Presidente Morales durante la guerra de la Desunión, pero en realidad fue en respuesta inmediata a los disparos hechos por los rebeldes al buque mercante de la línea norteamericana “Clyde” y al USS Columbia, así como por la muerte del maquinista del crucero auxiliar USS Yankee, de apellido Johnson, diez días antes. También hay fábulas de que los revolucionarios (que escaparon en caballos) fueron perseguidos  por los marines norteamericanos hasta la común de Guerra (a 20 kilómetros de Pajarito), donde supuestamente ejecutaron a Nicolás Arias (a) Manasa, el cabecilla de los rebeldes, quien realmente fue fusilado el 22 de abril (un mes y medio después) por el General Guayubín, en San José de los Llanos, común de San Pedro de Macorís.

 

La Versión de los Norteamericanos.

El Caso de Santo Domingo (Santo Domingo Affair) https://en.wikipedia.org/wiki/Santo_Domingo_Affair Texto original en inglés (en el enlace) con traducción libre al castellano.

«El caso de Santo Domingo», o «La crisis de Santo Domingo», se refiere a un incidente ocurrido entre el 1 y el 11 de febrero de 1904, en el que participaron las milicias de Estados Unidos y República Dominicana en la República Dominicana. Tras la muerte de un marinero del USS Yankee el 1 de febrero, el ejército de Estados Unidos lanzó una expedición punitiva que derrotó a las fuerzas dominicanas.

(De Wikipedia)

Santo Domingo Affair
Episodio de las Guerras Bananeras
Fecha: 1 Febrero 1904 – 11 Febrero 1904 (1 semana y 3 días) Ubicación: Santo DomingoRepública Dominicana, Mar Caribe. Resultado: Victoria americana
Beligerantes
 Estados Unidos República Dominicana
Comandantes y líderes
 Richard Wainwright
 Albert S. Mclemore
 Carlos F. Morales
 Juan Isidro Jiminez
Fuerzas
Enviados a tierra
80 marines
250 marineros
De mar
2 cruceros protegidos
1 crucero auxiliar
1 buque a vapor
100 militares
1 fuerte
Bajas y pérdidas
1 muerto
1 herido
1 buque dañado
Muertos: Desconocido
1 fuerte capturado

Antecedentes.

Durante la era de las Guerras Bananeras, la revolución en América Central estaba muy extendida.. Para proteger a los ciudadanos estadounidenses y sus intereses en estas zonas de guerra, la Marina de los Estados Unidos patrulló las costas hostiles. Los rebeldes en la ciudad de Santo Domingo habían disparado previamente contra dos barcos mercantes estadounidenses y dañado las plantaciones de caña de azúcar de propiedad de estadounidenses. El USS Detroit también había desembarcado marineros e infantes de marina a partir de noviembre de 1903, pero se retiraron cuando la situación pareció estable. El 1 de febrero de 1904, el crucero auxiliar USS Yankee estaba de patrulla frente a Santo Domingo, observando la lucha entre el gobierno y las tropas rebeldes leales a Carlos F. Morales y al general Juan Isidro Jiménez. El capitán estadounidense decidió enbarcar algunos hombres en una lancha y enviarlos a tierra para que establecieran contacto con los dominicanos, pero cuando se alejó del Yankee, los insurgentes lo atacaron con fuego de armas pequeñas y el marinero J. C. Johnston resultó mortalmente herido. En respuesta, el presidente Theodore Roosevelt ordenó a los cruceros protegidos USS Columbia y USS Newark que se dirigieran a las islas y exigieran una disculpa. El comandante temporal del Escuadrón de Brasil, el capitán Richard Wainwright, fue puesto a cargo de la operación a bordo del Newark.[1]

Incidente.

Wainwright llegó a Santo Domingo el 10 de febrero y se encontró con que el USS Columbia había llegado el 8 de febrero. El Columbia estaba bajo el mando del capitán James M. Miller, que era superior a Wainwright. Miller estaba anclado cerca del SS New York, uno de los buques mercantes atacados en noviembre de 1903 por el crucero dominicano Presidente. El 11 de febrero, una lancha del Columbia, con bandera estadounidense, fue enviada hacia los muelles escoltando al New York, cuya tripulación tenía la intención de descargar su carga. Mientras lo hacían, los insurgentes violaron un armisticio preestablecido al abrir fuego con sus armas pequeñas. Varios disparos alcanzaron al vapor y algunos rozaron la lancha de la marina, pero no hubo víctimas. Los dos buques estadounidenses se retiraron. Wainwright, tras informar a sus superiores y obtener su aprobación, lanzó un asalto anfibio y un bombardeo naval después de advertir primero al cónsul estadounidense y a los civiles que vivían en la ciudad. El Newark abrió fuego con su artillería a las 15:25 horas, mientras el Columbia cubría el desembarco. Diez minutos después cesó el bombardeo y una fuerza de 375 estadounidenses se dirigió a la playa. El grupo de desembarco estaba bajo el mando directo del teniente comandante James P. Parker, oficial ejecutivo del Columbia; los marines estaban dirigidos por el capitán Albert S. Mclemore.[2]

Al menos 100 rebeldes armados utilizaban el antiguo Fuerte Ozama como base. Los estadounidenses recibieron algunos disparos de fusilería enemigos mientras aún estaban en el agua y cuando desembarcaron a las 4:30 p. m., atacaron y derrotaron a los rebeldes. Cuando los hombres a bordo del Columbia observaron los disparos, el capitán Wainwright ordenó a sus artilleros que abrieran fuego hasta las 4:47 p. m., aunque el Newark continuó el ataque hasta las 5:00 p. m. Una vez terminada la batalla, los estadounidenses regresaron a sus barcos entre las 9:00 y las 10:00 p. m. Morales, Jiménez y Wainwright firmaron otro armisticio y más tarde un tratado de paz que puso fin a las hostilidades. Solo un estadounidense resultó herido en el enfrentamiento cuando accidentalmente se hirió en un pie con su revólver; no se conocen las bajas dominicanas. El Cuerpo de Marines de los Estados Unidos mantiene un pequeño cementerio en Santo Domingo. El marinero Johnston fue el primero en ser enterrado allí, seguido por otros hombres muertos en la isla durante las Guerras Bananeras.