Proyecto de «Tratado de Alianza, Amistad y Reciprocidad» propuesto por el Gobierno Provisional del Presidente Carlos F. Morales Languasco al Gobierno de los Estados Unidos en fecha 8 de enero de 1904.
(Incluido el texto íntegro del proyecto de Tratado)
El Gobierno Provisional de La Unión, compuesto por jimenistas y horacistas y encabezado por Carlos F. Morales Languasco, asumió oficialmente el poder el 25 de noviembre de 1903. A la semana siguiente, el día 2 de diciembre, el Gobierno Provisional solicitó su reconocimiento ante todos los países con representación diplomática en la República Dominicana (incluido los Estados Unidos) mediante Circular No. 189 de esa fecha. (Ref.: AGN. Ministerio de lo Interior y Policía. L-193-194 E-1 de 1904).
El 8 de enero de 1904, el Gobierno Provisional decidió enviar a Washington a su ministro de Relaciones Exteriores Juan Francisco Sánchez para que, de manera expresa, diligenciara su reconocimiento ante el Gobierno de los Estados Unidos y gestionara la concertación de un proyecto de Tratado de Alianza, Amistad y Reciprocidad que proponía algunas facilidades para la República Dominicana semejantes a las que existían comercialmente entre Estados Unidos y Cuba, como refiere el proyecto de Tratado en el artículo No. 2; y en el No.3 solicitaba facilidades suficientes para el pago de la deuda con acreedores extranjeros, aunque en esos días ya los árbitros del Tribunal Arbitral, constituido en virtud del Protocolo de enero de 1903, se encontraban en Washington deliberando sobre ese acuerdo que sólo contemplaba obligaciones de la República Dominicana para con los Estados Unidos, que en las negociaciones fungía como representante de la compañía norteamericana San Domingo Improvement.
Aunque algunos autores plantean que los norteamericanos ayudaron al Presidente Morales Languasco y a la Revolución de La Unión a tomar el poder, el Gobierno Provisional no fue reconocido por el de los Estados Unidos sino hasta el 19 de enero de 1904, dos meses después de haber asumido la Presidencia de la República.
Sobre el proyecto de Tratado de Alianza, Amistad y Reciprocidad, Benjamín Sumner Welles, autor del tratado sobre historia dominicana “La Viña de Naboth”, posiblemente el más influyente entre los historiógrafos modernos, cuyo contenido fue marcado de manera muy importante por las opiniones del General Horacio Vásquez, (ver la Bibliografía de La Viña de Naboth, Tomo II, Pág. 469), dice textualmente lo siguiente sobre el proyecto de Tratado en cuestión :
“Tan pronto hizo su primera entrada a la Capital el Presidente Provisional Morales, informó al Ministro Americano que él tenía la intención de enviar al General Juan Francisco Sánchez a Washington como su Agente Especial, con el objeto de llevar a cabo negociaciones para un tratado por el cual la República estaría bajo la protección de los Estados Unidos por un período de cincuenta años, asumiendo aquella Nación la dirección del fisco en la República Dominicana como garantía de los pagos anuales sobre la deuda extranjera de la Nación. Dicho tratado debía establecer la reciprocidad de los dos países e incluir el arrendamiento de la bahía de Samaná y la bahía de Manzanillo a los Estados Unidos”. (La Viña de Naboth. Pág. 79, Tomo II).
Fin de la cita.
Este mismo planteamiento ha sido repetido por muchos otros autores. A continuación, presentamos la reproducción textual del proyecto de Tratado de Alianza, Amistad y Reciprocidad, para que el lector pueda constatar una de las mentiras de nuestra historia que ha sido repetida innumerables veces.
Proyecto de Tratado de Alianza, Amistad y Reciprocidad
(Texto íntegro)
CARLOS F. MORALES L.
Presidente del Gobierno Provisional de la República.
En la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, a los ocho días del mes de enero de 1904, reunidos en sesión extraordinaria y secreta los miembros que componen el Gobierno Provisional, a saber:
General Carlos F. Morales Languasco, Presidente
General Miguel Román, hijo. Ministro de Interior y Policía, Encargado de los Despachos de Guerra y Marina.
General Juan Francisco Sánchez, Ministro de Relaciones Exteriores.
Licenciado Pelegrín Castillo, Ministro de Justicia e Instrucción Pública. Encargado de Correos y Telégrafos.
Ciudadano Enrique Pou, Ministro de Hacienda y Comercio.
Ciudadano Eladio Victoria, Ministro de Fomento y O.P.
Ciudadano Fabio J. Fiallo, Subsecretario de Interior y Policía.
Manifestó el Señor Presidente Morales, y puso en claro la situación del País que exige hoy una solución sabia y patriótica para evitar la continuación del estado anárquico por que atraviesa la República, que era de perentoria necesidad, para afianzar el Gobierno y robustecer el propósito de salvar el País de los horrores de continuas revueltas políticas, tratar de obtener sin demora el reconocimiento del Gobierno Provisional por el de los Estados Unidos de América, y que al efecto proponía el envío de un comisionado especial, para cuyo objeto, indicaba desde luego al General Juan Francisco Sánchez, Ministro de Relaciones Exteriores, quien sería investido de facultades amplias y suficientes para tratar con el Gobierno de Washington sobre el reconocimiento mencionado y sobre otros puntos de alta importancia que le serán confiados.
La proposición acogida favorablemente dio lugar a que cada miembro del Gobierno Provisional expresara sus ideas a este respecto, resultando que se tomara una Resolución en el sentido que se expresará adelante y la cual firmarán todos los miembros que concurrieron a la sesión secreta.
El Gobierno Provisional de la República
Resuelve:
Que se envíe al General Juan Francisco Sánchez, Ministro de Relaciones Exteriores como Enviado Especial y Agente Confidencial, cerca del Gobierno de Washington y al efecto le otorga por el presente documento facultad bastante y suficiente cuanto en derecho fuere necesario para que diligencie en Washington el reconocimiento del Gobierno Provisional y para que en nombre y representación someta un proyecto de Tratado de Alianza, Amistad y Reciprocidad con las bases siguientes:
1° Garantía de la Independencia Dominicana y soberanía de su territorio por el Gobierno de los EE.UU. durante el tiempo del Tratado;
2° Introducción de los productos de la industria dominicana por los puertos de la Unión Americana, bajo las bases concedidas a la República de Cuba;
3° El pago de las deudas externas de la República por medio de amabilidades suficientes para cubrir los compromisos contraídos con acreedores extranjeros;
4° Ayuda necesaria para mantener el orden interior en el territorio dominicano y en caso de guerra internacional, apoyo directo para sostener la guerra;
5° Para poner en condiciones de los EE.UU. de mantener la Independencia de Santo Domingo y proteger el orden interior, el Gobierno Dominicano arrendará por el tiempo de este Tratado, al de la Unión Americana, los terrenos necesarios para establecer estaciones carboneras o navales en las Bahías de Samaná y Manzanillo en ciertos puntos de dichas bahías;
6° Se concederá así mismo a los EE.UU. el permiso para establecer faros en las costas dominicanas, debiendo la República Dominicana conservar la soberanía sobre estos puntos y el derecho de percibir y utilizar los impuestos que se cobren a los buques que hagan el tráfico en dichas costas, lo mismo que todo impuesto aduanero o fiscal que se devengue según las leyes del País por las aduanas y demás oficinas nacionales existentes o que se creen en las bahías y puertos de Samaná y Manzanillo.
Dado en Santo Domingo, fecha ut supra y firmado para que surta los efectos indicados.
El Presidente del Gobierno Provisional
Firma
Ministro de Interior y Policía, Encargado de los Despachos de Guerra y Marina.
Firma
Ministro de Relaciones Exteriores.
Firma
Ministro de Justicia e Instrucción Pública. Encargado de Correos y Telégrafos.
Firma
Ministro de Hacienda y Comercio.
Firma
Ministro de Fomento y O.P.
Firma
Subsecretario de Interior y Policía.
Firma
Nota de la administración del blog: Luego de ver la transcripción fiel de los términos del proyecto de Tratado de Amistad y Reciprocidad, propuesto por el Gobierno Provisional de Morales Languasco al de los Estados Unidos, podrá el lector comprobar que, aunque se solicitaban facilidades para el pago de la deuda pendiente con acreedores extranjeros, no se planteaba el manejo de las finanzas dominicanas por parte de los Estados Unidos, como afirman algunos historiógrafos.
Este proyecto de Tratado fue desestimado por el gobierno de los Estados Unidos en razón de que suponía beneficios para la República Dominicana, mientras que lo que convenía a sus intereses ya estaba encaminado en el Tribunal Arbitral que se encontraba deliberando en Washington sobre el pago a los Estados Unidos de la deuda que el Estado dominicano tenía pendiente con la compañía norteamericana San Domingo Improvement, en virtud de lo acordado en el Protocolo de enero de 1903 suscrito por Horacio Vásquez con los Estados Unidos.
Posteriormente, el 14 de julio de 1904, el Tribunal Arbitral emitió su fallo, en el que se estableció la forma de pago y las garantías respecto a la citada deuda. Sin embargo, aunque el «proyecto de Tratado de Amistad y Reciprocidad» propuesto por el Gobierno de Morales fue rechazado, cuando hubo que hacer frente a los compromisos del Laudo Arbitral, que era otra cosa, de origen diferente y sólo imponía obligaciones para la República Dominicana, no falta quien maliciosamente plantee que el Laudo, la Convención y el Modus Vivendi se ajustaban a los viejos planes de Morales Languasco para favorecer los intereses norteamericanos desde que asumió la Presidencia.